2 junio, 2014

Trabajar en remoto con ordenador en domicilio para proteger información laboral

Como bien sabéis, la seguridad en la información es fundamental para obtener un buen resultado.

La seguridad en la información te permite hacer bien las cosas y estar tranquilo, que hoy en día no es poco. Una de las cuestiones que más alteran esa tranquilidad, es la posibilidad de que “otros” puedan revisar esa información. La información que tenemos en nuestros archivos privados es variada y de diferentes actividades. Un empresario o un autónomo, un directivo, siempre tenemos información delicada, que no debe de ser vista nada más que por quien nosotros queramos que se vea.

En los últimos tiempos, la información que se guarda en el ordenador ha generado cierto desasosiego para quien la tiene, por ello, me atrevo a enviarte estos consejos.

- La información delicada, debe de ser protegida de que un tercero, pueda utilizarla.
- Hay diferentes formas de protegerla. Desde la posibilidad de tratarla en un ordenador portátil que se utilizará solamente por su poseedor y se llevará a todos los sitios para evitar que otros la revisen, hasta material sofisticado de satélites con gps .
- Se trata de que esa información solo pueda ser utilizada por su propietario. Se trata de que nadie acceda a ella, por ser información delicada, sea contable, de impuestos, de clientes, etc….

Mi consejo es que cuando eso ocurre, es decir, cuando tenemos información delicada en el ordenador del trabajo, trabajemos en remoto. ¿Qué significa eso? ¿Cómo se hace?

Hay que partir de la base de que un centro de trabajo, no tiene el carácter de domicilio a los solos efectos jurídicos. Efectivamente, salvo aquellos supuestos, cada vez menos, que en la vivienda de un profesional, éste dedique parte de dicha vivienda a ejercer su profesión, salvo en estos exclusivos supuestos, el centro de trabajo no tiene la protección constitucional de la vivienda. El art. 18.2 de la Constitución establece: “2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin el consentimiento del titular o resolución judicial , salvo en caso de flagrante delito”.

Pues bien dicho lo anterior, el centro de trabajo si puede ser inspeccionado, revisado, etc..; sin embargo el domicilio, salvo una orden judicial, o salvo que en él se esté cometiendo flagrantemente un delito, no puede ser revisado o inspeccionado.

La conclusión es sencilla, mi consejo es que con el fin de que esa información delicada, en la cual se pueden tener datos de expedientes o de clientes muy confidenciales, se lleve a cabo a través de una conexión remota , albergando los datos delicados en un ordenador que situaremos en el domicilio y trabajando con ellos a través de otro ordenador por medio de una conexión remota vía internet.

Esta es la forma más segura de que nuestros datos no puedan ser manipulados por nadie, ya que a ellos solamente accederemos nosotros.

Saludos.

¿Buscas abogado laboralista?

Conoce nuestro departamento de derecho laboral

Despacho de Abogados Bufete Casadeley

¿Necesitas un abogado para resolver tus problemas?

    Nombre (obligatorio):

    E-mail (obligatorio):

    Telefono (obligatorio):

    Desea ser atendido en:
    Despacho en MadridDespacho en LeónDespacho de Asturias

    Explíquenos su consulta

    914 414 659

    En horario de oficina
    PULSA PARA LLAMAR

    633 656 396

    Chat de Whatsapp
    PULSA PARA ABRIR CHAT
    El bufete de abogados Casadeley, situado en Madrid, pero con sedes adicionales en León y Oviedo, ofrece una gran variedad de servicios legales tanto para personas como para empresas.

    Profesionalidad, preparación y una gran trayectoria nos avalan.

    A la cabeza del bufete, Javier San Martín dirige un equipo de abogados que le ofrecerá un amplio asesoramiento legal.

    Queremos ayudarte con tu caso ¡Contacta ahora!
    CONTACTAR
    phone-handset linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram