17 julio, 2018

La profesionalización de la figura del cuidador en la dependencia

La situación económica actual, tras un periodo agresivo de restricción del gasto en dependencia, facilita y favorece la profesionalización de la figura del cuidador dependiente. Muchas administraciones están comenzando a implantar esta cultura en la estructura empresarial. El carácter personalísimo de esta figura y las nuevas tecnologías la hace cada vez mas imprescindible para la persona dependiente.

 

Breve síntesis de la evolución actual de la dependencia en España.

Hemos de tener en cuenta que, en España, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, (en adelante, LD) constituyó una gran novedad en lo que a protección social de las personas se refiere.

El catálogo de servicios que recoge su artículo 15, ha venido a colmar un nicho que, hasta ese momento, se encontraba huérfano de protección pública: el de las personas que sin encontrarse -necesariamente- en la tercera edad o poseer algún tipo de discapacidad, padecían alguna incapacidad personal, entendida esta como la imposibilidad o dificultad de realizar los actos esenciales de la vida diaria y que precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para gestionar con garantías su propia existencia. (art. 2 LD.)

En ese contexto, la loable intención de la LD es que las prestaciones se hagan efectivas, preferentemente, a través de servicios técnicos y asistenciales. No obstante, habida cuenta de las características habituales de la familia en nuestra sociedad, con una fuerte presencia del cuidador informal, ha derivado, indefectiblemente, hacia una preponderancia en el otorgamiento de prestaciones de tipo económico.

Con respecto al germen del sistema, podemos decir que es estatal, diseñado por el Estado y las Comunidades Autónomas, de las que depende su gestión y ejecución. Si bien, como decimos, se ha atribuido la competencia a las Comunidades Autónomas (art. 148 CE), el Estado debe garantizar la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de los derechos que otorga la LD (art. 149.1 CE). Esta concurrencia de competencias ha sufrido fricciones, derivadas, fundamentalmente, del periodo de grave crisis económica que atravesó nuestro país, que coincidió con el alumbramiento de esta norma social y terminó afectando a su plena implantación. Clara muestra de ello encontramos retrotrayéndonos allá por el año 2012, momento en el que se endurecieron los requisitos para acceder a las prestaciones, se elevó el rigor valorativo de la situación de dependencia, se redujo la calidad de las prestaciones o se incrementó la cuantía económica que debía aportar el sujeto al que se reconocía el derecho.

Los recortes introducidos en 2012 y 2013 (RD Ley 20/2012 y RD 1050/2013), la reducción del gasto público y las discrepancias sobre qué Administración debía sufragar mayor porcentaje del coste de las prestaciones previstas, desembocaron en una cierta paralización en la aplicación efectiva de la LD. Esta situación se hizo patente con el retraso en el calendario oficial de aplicación de la norma, ya que el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, SAAD) que entró en vigor con la LD, comenzó atendiendo a los dependientes más severos pero con la intención de extender su catálogo de servicios hacia los dependientes moderados en 2013, retrasándose el reconocimiento de prestaciones a los dependientes de los niveles más bajos -en un inicio hasta 2014 y, posteriormente, hasta julio del año 2015-. De esta manera, se provocó un incremento excepcional en la lista de espera de beneficiarios, lo que se ha denominado “el limbo de la dependencia”, es decir, personas que son sujetos del derecho pero que no han percibido prestación o subsidio alguno.

Con independencia de lo anterior, es de resaltar que, en los dos últimos años, los presupuestos de las Comunidades Autónomas han reflejado una ligera mejora que puede incidir positivamente en el SAAD .

 

La importancia de los cuidadores en la dependencia: hacia una profesionalización.

En relación con la figura del cuidador, es necesario diferenciar entre aquel no profesional, esto es, cuando la persona dependiente esté siendo atendida por su entorno familiar o persona próxima; y el cuidador profesional quien, de acuerdo con la Ley, debería encontrarse vinculado por una relación contractual establecida entre la persona atendida y el cuidador/a.

Generalmente y, en la medida en que se cumplan los requisitos de laboralidad del artículo 1.1 del Estatuto de los trabajadores (en adelante, ET), esa relación se caracterizará por la sujeción a un horario previamente acordado y la prestación de unos cuidados especializados que

permitan mejorar la calidad de vida de la persona dependiente. En ese sentido viene a garantizar unos cuidados que los familiares cercanos, si es que existen, no pueden o no saben prestar y, en consecuencia, ese profesional debería contar con la formación sociosanitaria específica respecto de las funciones que desempeña.

Según un estudio de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología , el perfil más habitual de cuidador es mujer, (88,5 %) de en torno a 55 años (un 82,5% se encuentran entre 31 y 60 años), con estudios secundarios o superiores (82,5%), que compagina cuidados y trabajo (63,5%).

Con respecto a las relaciones entre el cuidador y la persona que recibe los cuidados, es decir, la existencia o no de parentesco, un 52,5% no lo tiene, mientras que en el 47,5% de los casos el cuidador es un familiar. En esos supuestos, casi en el 20 % de los casos el cuidador es la madre o el padre, en el 14 % se trata de otros familiares y casi en el 10 % son los hijos los que cuidan. Generalmente los cuidados son prestados por el cuidador principal, pero en la mayoría de los casos, (69 %) recibe ayuda complementaria de otras personas (predominantemente familiares).

Independientemente de lo anterior, de conformidad con el referido estudio, se aprecia una corriente en la que el cuidador tiende a la profesionalización. Así, el 70% de ellos lleva más de tres años realizando esas tareas, dedicando más de seis horas diarias a tan necesaria actividad (un 62% de la muestra).

Según hemos apuntado anteriormente, el periodo de crisis económica propició la aprobación de medidas legislativas con el objeto de contener el gasto público. Una de ellas, afectó, directamente, a la LD. Así, a través del artículo 22 del RD-ley 20/2012 se modificó la Ley 39/2006. En ese sentido, se produjo una supresión de la tutela social de los cuidadores familiares, ya que, desde entonces y en relación con el convenio especial de la seguridad social, este deberá suscribirse entre cada cuidador y la TGSS, pasando a ser voluntario y cotizando, exclusivamente, a cargo del cuidador no profesional que así lo desee.

En lógica consecuencia, las cotizaciones de los cuidadores sociales no profesionales han caído drásticamente. El descenso de cotizantes ha continuado en tendencia negativa, de manera que, en noviembre de 2016, menos de 10.000 cuidadores cotizaban frente a los más de 170.000 registrados en diciembre del año 2011. En definitiva, el 94% de los cuidadores no profesionales de personas dependientes no cotiza en nuestro país.

Desde el sector de los servicios sociales, en concreto según la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, el recorte acumulado para el gasto público en dependencia ya alcanza los 4.600 millones de euros para el periodo 2012-2017, cifras que ponen de manifiesto la magnitud de la situación.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, nuestra población está envejeciendo, por esa razón, la cuestión de la dependencia no debería ser considerado un tema menor. Así, hemos de resaltar que, si bien el porcentaje de población de 65 años y más, actualmente se sitúa en el 18,7%, alcanzaría el 25,6% en 2031 y el 34,6% en 2066. Si damos por ciertas esas previsiones y tenemos en cuenta que la esperanza de vida también ha aumentado, el porcentaje de personas que se encuentren en las últimas décadas de su vida irá aumentado, de la misma forma que deberían hacerlo sus necesidades en materia de dependencia.

Lo cierto es que la mayoría de las personas dependientes preferirían que su cuidador fuera una persona de su familia o de su entorno próximo (72 %) , si bien, parece razonable a resultas de la tesis expuesta en el párrafo anterior, aquellos servicios destinados a la atención de personas dependientes, tales como: centros sociosanitarios, residencias, centros de día, o similares, estén experimentado un aumento de los usuarios. El crecimiento de la demanda debe conducir al incremento de las ofertas de trabajo para los profesionales del sector. En este sentido, trabajos como los de cuidador y gerocultor parecen vislumbrarse como profesiones con estupendas perspectivas profesionales.

Las referidas profesiones, conocidas comúnmente como “auxiliar de geriatría”, desempeñan la labor de asistencia y ayuda a las personas en sus actividades esenciales de la vida diaria, como pueden ser comer, medicarse, vestirse, asearse, levantarse, acostarse, etc. Es decir, son personas fundamentales para otras que están privadas de su autonomía, esto es, son personas dependientes. Evidentemente, su función no se circunscribe exclusivamente a personas de la tercera edad, sino a cualquiera que necesite el apoyo para realizar las labores básicas de su vida diaria (personas con enfermedades crónicas o discapacidades físicas o psíquicas).

Teniendo en cuenta esa realidad, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia estableció que para finales del pasado año, esto es, a partir del 31 de diciembre de 2018 todos los trabajadores encargados de realizar tareas de atención a la dependencia deberían disponer de una cualificación profesional mínima: el Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales.

Es por ello que, el referido Certificado, es una titulación muy demandada actualmente dentro del sector sanitario, a causa, como decíamos, del aumento en la demanda de dicho perfil profesional por el incremento de la población dependiente .

 

La profesionalización del cuidador: la influencia de nuevas tecnologías

Es menester recordar que, en España, la caída de la natalidad y el aumento de la esperanza de vida han invertido radicalmente la pirámide demográfica. Así, estamos inmersos en una clara tendencia que refleja un incremento progresivo de la población en situación de dependencia.

En ese sentido, el propio Preámbulo de la LD llama la atención sobre un hecho incontestable y de la mayor trascendencia: el significativo crecimiento de la población de más de 65 años, que se ha duplicado en los últimos 30 años, pasando de 3,3 millones de personas en el año 1970 a más de 6,6 millones en el año 2000 (16,6 % de la población) y situándose, en la actualidad, en cifras superiores al 19%. Del mismo modo, hay que considerar el aumento del colectivo de población con edad superior a 80 años, que se ha duplicado en veinte años, es decir, lo que demográficamente se ha dado en llamar el “envejecimiento del envejecimiento”.

En consecuencia con lo anterior, es evidente que nos encontramos con una realidad a la que los poderes públicos deben dar oportuna respuesta, toda vez que la población mayor va a demandar atenciones en materia de dependencia que, por la naturaleza demográfica de nuestro país, irán incrementándose paulatinamente, debiendo ser atendidas desde un Estado social como el nuestro.

Con respecto a las atenciones que requieren las personas dependientes, la puesta en marcha de la LD plantea la necesidad de dotar al sistema de un importante número de profesionales que garanticen unos cuidados de calidad a las personas que los requieren. En la última década, se aprecia un incremento en las ofertas de empleo de estos profesionales, cuyas perspectivas en el futuro son esperanzadoras.

Parece, a resultas de lo expuesto, que el modelo tradicional de cuidador familiar o no profesional está cediendo en representatividad frente al auge de los cuidadores profesionales. Lo cierto es que ambos modelos son importantes e, incluso, deberían ser complementarios cuando esto sea posible. Con independencia de ello, es claro que el modelo profesional aporta una serie de ventajas que podemos resumir en las siguientes:

-Cualificación acreditada mediante una formación en materia sociosanitaria, higiénico-alimentaria y psicosocial específica que le permite conocer las necesidades del dependiente y proporcionarle las atenciones más adecuadas a su estado.

-El certificado de profesionalidad (titulación requerida de forma obligatoria) del cuidador profesional garantiza que este tiene las capacidades y conocimientos necesarios para desempeñar la profesión con garantías.

-Permite crear nuevas oportunidades de empleo, lo que contribuye a reducir la tasa de desempleo del país.

-El aumento en la contratación produce un Incremento de las cotizaciones sociales, tan necesarias para las arcas públicas.

-El modelo profesionalizado descarga, -al menos parcialmente- a los familiares de la persona dependiente de aquellos esfuerzos físicos y posturales que se necesitan realizar cuando se atiende a las personas que conforman este colectivo, evitando los riesgos de lesiones derivadas del manejo de personas con movilidad reducida por personas inexpertas en esta labor.

-La existencia de ayudas y complementos económicos que ofrecen algunas administraciones para contratar a cuidadores profesionales es beneficioso para las economías familiares e, indirectamente, cuando la relación laboral sale a la luz, se contribuye a luchar contra la economía sumergida. Sirvan a modo de ejemplo, los nuevos complementos económicos que ofrece la Junta de Castilla y León para que las personas con dependencia puedan comprar servicios de atención en su domicilio habitual , así como la ampliación significativa de las existentes que, según el Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, entrarán en vigor en septiembre de este año.

Por último, queremos hacer mención a la Influencia de las nuevas tecnologías en el sector de los cuidados a personas dependientes. Para ello, podemos reseñar algunas, que van desde la clásica teleasistencia, que permite la comunicación del domicilio de las personas dependientes, a través de un dispositivo que lo conecta con un Centro de Atención de Llamadas, atendido por un equipo multidisciplinar de profesionales especializados se encargan de garantizar el bienestar de la persona. La versión originaria se sirve de un teléfono, habiendo evolucionado hasta modelos mejorados, por medio de un programa específico se permite que el equipo sociosanitario se comunique por videoconferencia con el paciente (sistema de teleconferencia utilizado por el Servicio Vasco de Salud). Muy destacable es el novedoso programa de sensores ideado por tres zaragozanos, cuyo sistema de teleasistencia permite saltar la alarma en caso de movimientos anómalos como serían las caídas. .

En el campo de la dependencia existen, además, otros sistemas que llevan incorporados un geolocalizador para evitar que la persona con dependencia se extravíe. Son frecuentes, también, las nuevas formas de psico-estimular a los pacientes, a través de diversos juegos de ordenador, el empleo de música, imágenes, entre otros.

 

Conclusiones

Por la propia naturaleza del trabajo en el que se requiere de la ayuda presencial de una persona, encaminada a facilitar el desarrollo de las tareas más elementales de la vida diaria de otra, lo que incluye una labor de asistencia social y afectiva, parece bastante improbable que los cuidadores puedan ser sustituidos en el futuro por máquinas, ya que, en nuestra opinión, estas cuentan con unas limitaciones que, en este campo, no parece sencillo salvar en el momento actual.

Siendo cierto lo anterior, no lo es menos que, habida cuenta de la fuerza con la que han irrumpido las nuevas tecnologías en nuestra vida diaria y todas las ventajas que nos aportan, podríamos decir que han venido para quedarse, complementando, en definitiva, las funciones insustituibles de los cuidadores, mejorando así las garantías asistenciales y de seguridad de las personas en situación de dependencia.

Por ello la profesionalización es un hecho inevitable y positivo y el carácter personal del puesto de cuidador y las nuevas tecnologías podrán facilitar al dependiente en gran medida la comodidad en la dependencia.

 

Autor: Álvaro San Martín, abogado en Bufete Casadeley

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