19 noviembre, 2014

Sentencia de 12 de noviembre de 2014, Dolencias no constitutivas de incapacidad permanente total

Los Abogados Laboralistas de Bufete Casadeley, han conseguido mantener el pronunciamiento del Juzgado de lo Social ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, frente al Recurso de Suplicación interpuesto por un trabajador (operario de máquinas de fabricación de tejas) que padecía las siguientes lesiones: condromalacia leve de rodilla derecha; derrame articular; probable rotura oblicua cuerno anterior menisco externo; esguince grado I de LCM; pequeño quiste de Baker.
El Juzgado de lo Social había desestimado la demanda en la que el trabajador pretendía ser declarado afecto de incapacidad permanente parcial para su profesión habitual por accidente laboral; basaba el Juzgado su decisión en entender que el actor no estaba incapacitado de forma permanente –ni siquiera en grado de parcial- para su profesión habitual. Contra la sentencia del Juzgado formuló el actor recurso de suplicación que –como seguidamente se verá- no prosperó.
La Sala de lo Social desestimó el recurso. Razona –en esencia y resumen- que (conforme también declaraba el Juzgado) teniendo en cuenta que las dolencias que el recurrente sufre no implican “atrofias musculares en rodilla derecha hinchada en región suprarrotuliana, no flogótica, no caliente, camina sin claudicación, marcha talón-puntera permitido, hace cuclillas con limitación menor al 50 %; flexión limitada en los últimos grados en rodilla derecha; no cajón, no bostezo, dolor en maniobra mensical externa [y que] como limitaciones funcionales presenta limitación ½ de rodilla derecha”, con tales dolencias y limitación –razona la Sala- su estado patológico no viene comprendido ni tan siquiera en el apartado 4 del art. 137 de la Ley General de la Seguridad Social, que define la incapacidad permanente parcial, por todo lo cual desestima el recurso y confirma la sentencia del Juzgado.

León, 14 noviembre 2014

Dolencias no constitutivas de incapacidad permanente total

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