13 abril, 2016

Acta de la Audiencia Nacional de 19/02/2016

A continuación se transcribe el ACTA MESA SALA SOCIAL AUDIENCIA NACIONAL 19-02-2016:

"En Madrid a 19-02-2016, reunidos los listados al margen, se constituye la Mesa de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional con la finalidad de debatir el orden del día previsto.

a. - Se debatió, como primer punto del orden del día los problemas derivados de la implantación de LexNet en la Sala, participando doña Esther Bravo Barquero (Jefa de Área de Gestión de la Demanda) y doña Marta de Miguel (miembro de la Oficina de Implantación de Proyectos), en representación de la Subdirección de Nuevas Tecnologías del MJU, quienes respondieron al listado de problemas propuestos previamente por los miembros de la Mesa. - Constatada la complejidad del problema se acordó constituir una comisión específica con el objetivo de regular un protocolo para el funcionamiento de LexNet en la Sala, compuesta por Ricardo Bodas; Marta Jaureguizar, José Ramón Fernández(ADIF); José Félix Pinilla (UGT); Mariano Salinas (ICAM) y Marta García (ICAM). - Se convino también remitir a la Subdirección los correos electrónicos de todos los profesionales inscritos en la Mesa para que se les comuniquen las novedades que pudieran producirse.
b. - El Presidente de la Sala informó sobre los datos de 2015, adjuntándose dicha información con la presente acta.
c. - Se convino, como medida de buena práctica, que en las demandas complejas, en las que se solicita la práctica de pruebas voluminosas obrantes en poder de la
contraparte o de terceros, es positivo relacionar cada prueba con los hechos de la demanda o de la contestación que se pretenda acreditar con dicho medio, lo que
permitirá a la Sala controlar de manera adecuada la admisión o inadmisión de las pruebas, cuando sean inútiles o impertinentes.
Se convino también en la necesidad de aportar anticipadamente las pruebas documentales y periciales, como instrumento decisivo para garantizar el debido manejo de pruebas complejas. – Constatado que se está produciendo un cierto relajamiento en el cumplimiento de esta obligación procesal, que no puede quedar
al arbitrio de las partes, se reiteró que se admitirán dichas pruebas, siguiendo la jurisprudencia a estos efectos, si bien se admitirán alegaciones escritas, cuando se
acredite desequilibrio en la práctica de las pruebas, utilizándose, en su caso, la sanción pecuniaria prevista en el art. 75.4 LRJS.
d. - Se significó que en la mayor parte de las demandas, cuyas pretensiones son de condena, no se cumplen las exigencias del art. 157.1.a LRJS, lo cual impide
que se recoja en el fallo, como sería menester para cumplimentar lo dispuesto en el art. 160.3 LRJS, que es el presupuesto constitutivo para la ejecución colectiva
del art. 247 LRJS. - Se informó también que la experiencia de ejecución colectiva es muy limitada, pero ha dado buenos resultados, en particular en la ejecución de
Coca Cola, donde se demostró que el título amparaba la mayor parte de la litigiosidad.
5. - El Presidente propuso y se aprobó presentar la Mesa al premio “Balanza de Cristal”, como incentivo para generalizar el despliegue de mesas en otros ámbitos
jurisdiccionales, acordándose por unanimidad participar en dicho premio. - Se constituyó, a estos efectos, una comisión formada por Ricardo Bodas; Marta
Jaureguizar, José Ramón Fernández (ADIF); Bernardo García ((ASOCIACION LABORALISTAS TRABAJADORAS/ES) Enrique Lillo (CCOO) y Mariano
Salinas (ICAM).
6. - Se acordó encomendar a Iván López (FORELAB y Román Gil (ASNALA) la organización del próximo curso de la Mesa, con participación del SIMA.
Sin más asuntos que tratar se dio por concluida la sesión".

Transcripción del ACTA MESA SALA SOCIAL AUDIENCIA NACIONAL 19-02-2016 (Calle Goya 14, 28001, Madrid)

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